Sustancias & mezclas

En la Unión Europea, los productos químicos están regulados por los reglamentos de REACHCLPTras el Brexit, el Reino Unido ha incorporado estas regulaciones a su legislación. Dado que los regímenes regulatorios de sustancias químicas del Reino Unido y la UE evolucionan de forma independiente, la divergencia entre ambos ha empezado a ser evidente y seguirá aumentando.

Servicios de REACH

¿Tiene previsto fabricar o importar una sustancia química a la UE (o Irlanda del Norte) o a Gran Bretaña (Inglaterra, Escocia, Gales) en una cantidad igual o superior a una tonelada anual? En ese caso, debe registrar dicha sustancia de conformidad con el Reglamento REACH (1907/2006/CE) o el Reglamento REACH del Reino Unido, respectivamente. En la UE, el expediente de registro REACH debe presentarse a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) mediante la plataforma REACH-IT. En Gran Bretaña, la presentación se realiza ante el HSE a través del servicio «Comply with UK REACH Service». Dependiendo de sus necesidades, nosotros nos encargarnos de todo el proceso de registro o, si lo prefiere, de ciertos pasos. Nuestras especialidades incluyen la realización de:

  • Solicitudes nuevas de registro
  • Expedientes técnicos IUCLID de solicitante de registro principal y miembros
  • Valoración de la seguridad química con el programa informático Chesar
  • Informes sobre la seguridad química
  • Escenarios de exposición
  • Determinación con técnicas analíticas de la identidad de la sustancia
  • Evaluación de la similitud de sustancias
  • Estudios de bibliografía científica y documentación
  • Estudios QSAR, de agrupación de sustancias y extrapolación (lectura cruzada)
  • Planeación de ensayos de laboratorio y petición de exenciones de datos
  • Gestión y supervisión de ensayos con laboratorios
  • Gestión y comunicación en foros de intercambio de información sobre sustancias (FIIS)
  • Soporte en el uso de plataforma informática REACH-IT (EU) / Comply with UK REACH Service

Sus obligaciones REACH no se limitan al registro. Además, nosotros le asistimos con:

Servicios de CLP

El Reglamento CLP (1272/2008/CE) se deriva del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Sustancias Químicas (SGA) de las Naciones Unidas. El SGA de la UE, que abarca la clasificación, el etiquetado y el envasado de sustancias y mezclas, se conoce simplemente como «Reglamento CLP». En Gran Bretaña (Inglaterra, Escocia y Gales), el Reglamento CLP se ha implementado como GB-CLP. Nuestros servicios (GB-)CLP incluyen:

Además, le ayudamos a (re-)etiquetar sus productos en conformidad con legislaciones específicas, por ejemplo:

¿Necesita ayuda?

CONTACTO

info[at]thechemicalcompliancecoach.com

OFICINA ESPAÑA

Plaza San Cristóbal 14
03002 Alicante

OFICINA PAÍSES BAJOS

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